Reglamentario/a de: Ley Nº 18.640 de 08/01/2010.
El Centro deberá mantener y adecuar las tecnologías alámbrica e inalámbricas externas y/o internas del denominado Plan Ceibal, así como los servidores existentes y todas las infraestructuras existentes en el país vinculadas con el Plan Ceibal.