De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 16 de la ley 18640, el Centro
aprobará en un plazo de 120 días los Manuales de procedimiento, que
contemple las fuentes de ingreso del Centro, los créditos que permitan
realizar los gastos de funcionamiento y de inversión necesarios para la
atención de sus cometidos, la distribución de competencia para gastar y
pagar y el procedimiento de compras. Asimismo deberá aprobar en igual
plazo, el Reglamento interno, el Estatuto de sus integrantes cuya relación
contractual estará regida por el Derecho Privado de conformidad con lo
dispuesto en la normativa aplicable a las personas públicas no estatales.