El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: lo dispuesto por el artículo 19 del Decreto N° 54/003, de 6 de febrero de 2003, en la redacción dada por el artículo 9° del Decreto N° 32/014, de 11 de febrero de 2014;
RESULTANDO: que la referida norma regula los plazos para el pago de gravámenes en la operativa comercial de nuestro sector exportador;
CONSIDERANDO: que es conveniente efectuar una precisión respecto al vencimiento de determinadas obligaciones tributarias;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA: