El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de:
Ley Nº 19.847 de 20/12/2019,
Ley Nº 19.172 de 20/12/2013.
TÍTULO II - FORMULACIONES MAGISTRALES CAPÍTULO PRIMERO - ADQUISICIÓN DE MATERIA PRIMA, ELABORACIÓN Y DISPENSACIÓN
Artículo 4
La dispensación de los productos prescriptos bajo fórmula magistral a los pacientes, se hará exclusivamente en las farmacias autorizadas para tal fin, las cuales realizarán la revisión de la formulación establecida en la prescripción y la puesta en forma farmacéutica con procedimientos que pueden incluir entre otros: dilución, concentración, fraccionamiento, mezclado y envasado. En ningún caso se podrán elaborar preparaciones sin la correspondiente prescripción médica, la que deberá estar destinada a un paciente determinado.