FUNCIONARIOS - RACIONALIZACION ADMINISTRATIVA




Promulgación: 09/12/1993
Publicación: 27/12/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: la Racionalización Administrativa del personal contratado de la
Unidad Ejecutora 008 "Oficina Nacional del Servicio Civil" del Programa
004 "Política, Administración y Control del Servicio Civil" del Inciso 02
"Presidencia de la República".

   Considerando: I) que dicha estructura ha sido objeto de algunas
modificaciones imprescindibles a fin de ajustarlas a las actuales
necesidades del servicio.

   II) que en la misma, la suma de las retribuciones correspondientes no
excede el monto de los créditos de los Renglones respectivos.

   III) que los contratos previstos conforman una estructura de funciones
adecuada a los objetivos del mencionado Programa.

   Atento: a lo informado por la Contaduría General de la Nación y a lo
dispuesto por el artículo 8 del Decreto Ley Nº 14.985 de 28 de diciembre
de 1979.

   El Presidente de la República

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Modifícase a partir del 1º de enero de 1993 la Racionalización
Administrativa del personal contratado de la Unidad Ejecutora 008 "Oficina
Nacional del Servicio Civil" del Programa 004 004 "Política,
Administración y Control del Servicio Civil" del Inciso 02 "Presidencia de
la República", la que será sustituida por la siguiente:
Unidad Ejecutora 008 "Oficina Nacional del Servicio Civil"
Nº   DENOMINACION                  SERIE              ESC. GDO.
8    Jefe de Area o Asesor         Profesional         A   16
5    Asesor I                      Profesional         A   15
4    Asesor II                     Profesional         A   14
7    Asesor III                    Profesional         A   13
19   Asesor IV                     Profesional         A   12
3    Asesor V                      Profesional         A   11
1    Técnico                       Técnico             B   15
5    Técnico I                     Técnico             B   14
4    Técnico II                    Técnico             B   13
2    Técnico III                   Técnico             B   12
7    Técnico IV                    Técnico             B   11
2    Director                      Administrativo      C   13
7    Jefe de Departamento          Administrativo      C   12
7    Jefe de Sección               Administrativo      C   10
11   Administrativo I              Administrativo      C   09
15   Administrativo II             Administrativo      C   08
9    Administrativo III            Administrativo      C   07
1    Administrativo IV             Administrativo      C   06
1    Administrativo V              Administrativo      C   05
4    Especialista I                Especialización     D   13
3    Especialista II               Especialización     D   12
1    Especialista III              Especialización     D   11
4    Especialista IV               Especialización     D   10
2    Especialista V                Especialización     D   09
1    Especialista VI               Especialización     D   08
5    Oficial                       Chofer              E   08
1    Oficial II                    Oficios             E   07
1    Intendente                    Servicios           F   08
10   Conserje                      Servicios           F   07
4    Auxiliar I                    Servicios           F   05
1    Auxiliar II                   Servicios           F   04
1    Auxiliar IV                   Servicios           F   02 

Artículo 2

   Sustitúyese en el artículo 1 del Decreto Nº 585/988 de 19 de setiembre
de 1988 la denominación de la función contratada Jefe de Area por la de
Jefe de Area o Asesor. 

Artículo 3

   Dése cuenta a la Asamblea General. 

Artículo 4

   Comuníquese, publíquese, etc.

LACALLE HERRERA - GUSTAVO LICANDRO
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