AUTORIZACION A FUNCIONARIOS A REALIZAR HORAS EXTRAS




Promulgación: 20/08/1986
Publicación: 27/11/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1986
  •    Página: 236

Artículo 4

     Al término de cada operación los Encargados de Planta remitirán a la
Dirección Granos un detalle diario de los servicios extraordinarios
cumplidos en el que se establecerá:

a) Horario del o los servicios extraordinarios prestados;
b) Indicación de los funcionarios intervinientes;
c) Labores cumplidas por cada uno de los funcionarios;
d) Indicación de los usuarios del servicio;
e) Vapores atendidos; y
f) Tipo de mercadería y volúmen de los mismos.
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