CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 39 PRENSA RADIODIFUSION TELEVISION COMUNICACIONES Y TALLERES GRAFICOS DE EMPRESAS PERIODISTICAS. SUBGRUPO PRENSA Y TALLERES GRAFICOS DEL INTERIOR DEL PAIS
Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 4
Increméntanse, con carácter general, los salarios vigentes al 31 de mayo
de 1987, de los trabajadores comprendidos en el Grupo Nº 39 "Prensa,
Radiodifusión, Televisión, Comunicaciones y Talleres Gráficos de Empresas
Periodísticas" Subgrupo "Prensa y Talleres del Interior del País", en un
17,26% (diecisiete con veintiséis por ciento) con vigencia desde el 1º
de junio de 1987 y hasta el 30 de setiembre de 1987.