CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 39 PRENSA RADIODIFUSION TELEVISION COMUNICACIONES Y TALLERES GRAFICOS DE EMPRESAS PERIODISTICAS. SUBGRUPO PRENSA Y TALLERES GRAFICOS DEL INTERIOR DEL PAIS




Promulgación: 28/09/1987
Publicación: 19/11/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 4

Increméntanse, con carácter general, los salarios vigentes al 31 de mayo
de 1987, de los trabajadores comprendidos en el Grupo Nº 39 "Prensa,
Radiodifusión, Televisión, Comunicaciones  y Talleres Gráficos de Empresas
Periodísticas" Subgrupo "Prensa y Talleres del Interior del País", en un
17,26% (diecisiete  con veintiséis  por ciento) con vigencia desde el 1º
de junio de 1987 y  hasta el 30 de setiembre de 1987.
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