GRUPOS DE ACTIVIDAD. EMPLEADOS PRIVADOS. CONSEJOS DE SALARIOS. ACTIVIDAD PRIVADA. CONVENIOS LABORALES. GRUPO Nº 3. SUBGRUPO BARRACAS DE LANAS




Promulgación: 12/01/1988
Publicación: 08/03/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 2

   Increméntase con carácter nacional, en un 15,76 desde el 1° de junio 
de 1987 al 30 de setiembre del mismo año, los salarios percibidos al 31 
de mayo de 1987 por los trabajadores administrativos de las empresas 
referidas en el artículo anterior. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 4, 5 y 6.
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