Visto: la gestión del Comando General del Ejército por la cual solicita
la modificación del artículo 5º del Reglamento de los Escalafones del
Personal de los Cuerpos Administrativo y Especializado del Ejército,
aprobado por decreto 299/988 de 5 de abril de 1988.
Considerando: I) Que por el Reglamento aludido se modificaron las
exigencias culturales de ingreso para integrar los Cuerpos Administrativo
y Especializado;
II) Que razones de buena administración y a fin de evitar dudas
interpretativas hacen necesario exceptuar en forma expresa al personal que
revistaba en los referidos escalafones, con anterioridad a la sanción del
decreto 299/988 citado, del requerimiento del artículo 5º del Reglamento,
considerándose a todos sus efectos, que poseen las bases exigidas para su
ingreso y para su ascenso.
Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo informado por la Asesoría
Letrada del Ministerio de Defensa Nacional,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Agrégase al artículo 5° del Reglamento de los Escalafones del Personal de los Cuerpos Administrativo y Especializado del Ejército, aprobado por decreto 299/988 de 5 de abril de 1988, el literal siguiente: (*)