COMERCIO EXTERIOR




Promulgación: 29/10/1980
Publicación: 17/11/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1980
  •    Página: 1093

Artículo 6

   El Ministerio de Economía y Finanzas podrá rechazar cualquier factura
proforma o comprobante de pago cuyo contenido se aparte de estas y demás
normas en la materia o donde el precio que se establezca no se ajuste a
los vigentes en los mercados de origen.
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