DETERMINACION DEL AGUINALDO PARA LA ACTIVIDAD PUBLICA. JUNIO 2006




Promulgación: 18/12/2006
Publicación: 02/01/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 1689
VISTO: El Decreto-Ley N° 14.360, de 17 de abril de 1975, por el que se determina la uniformidad del sueldo anual complementario.-

CONSIDERANDO: I) que por artículo 2° de dicho Decreto-Ley se faculta al Poder Ejecutivo a abonar en dos veces este beneficio.-

II) que por Decreto Nº 175/005, de 7 de junio de 2005, se dispuso hacer uso de la facultad atribuida por la norma legal citada.-

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en el Decreto-Ley Nº 14.360, de 17 de abril de 1975 y el artículo 4º del Decreto-Ley Nº 14.985, de 28 de diciembre de 1979.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
                     actuando en Consejo de Ministros
                                 DECRETA:

Artículo 1

 Dispónese que los funcionarios públicos de los Incisos 02 al 27 del Presupuesto Nacional de Sueldos, gastos e Inversiones, percibirán a partir del 19 de diciembre de 2006 una suma equivalente a la doceava parte del total de las retribuciones sujetas a montepío percibidas por cualquier concepto, en el período comprendido entre el 1º de junio al 30 de noviembre de 2006.-

Artículo 2

 Comuníquese, publíquese, etc.-

TABARE VAZQUEZ - JOSE DIAZ - REINALDO GARGANO - DANILO ASTORI - AZUCENA BERRUTTI - JORGE BROVETTO - LUIS LAZO - JORGE LEPRA - JORGE BRUNI - MARIA JULIA MUÑOZ - JOSE MUJICA - HECTOR LESCANO - MARIANO ARANA - MARINA ARISMENDI
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