REGULACION DE NORMAS DE CONTRALOR DE MATERIAL SEMINAL BOVINO




Promulgación: 24/10/1985
Publicación: 07/11/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1985
  •    Página: 961

Artículo 5

  Los interesados deben solicitar autorización para ofrecer semen en
remates o remate-ferias ante la Dirección de Sanidad Animal o las oficinas
departamentales de los Servicios Veterinarios del lugar donde el mismo se
realizará, con 30 (treinta) días de anticipación a aquel en que esté
fijada la subasta.
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