Visto: la gestión de la Administración Municipal de Flores (Intendencia
y Junta de Vecinos) por la cual propone una Modificación Presupuestal para
el Ejercicio 1981.
Resultando: que esta Modificación Presupuestal cuenta con la aprobación
de la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión y el acuerdo del
Tribunal de Cuentas.
Considerando: que de no recaudarse la totalidad de los recursos
previstos, deberán abatirse gastos a efectos de mantener el equilibrio
presupuestal.
Atento: a lo expuesto,
El Presidente de la República
DECRETA:
Apruébase la Modificación Presupuestal para el Ejercicio 1981 propuesta
por la Administración Municipal de Flores (Intendencia y Junta de Vecinos)
cuyos montos quedan fijados en N$ 33:523.000,00 (nuevos pesos treinta y
tres millones quinientos veintitrés mil).
Los mismos presentarán la siguiente composición:
I) EGRESOS: (en miles de nuevos pesos)
Vigente Proyectado
Retribuciones Personales............. 10.729.6 15.146.2
Beneficios y Cargas Sociales......... 2.435.5 3.136.8
-------- --------
Subtotal........................ 13.165.1 18.283.0
Gastos de Funcionamiento............. 3.275.0 5.335.0
Inversiones.......................... 14.021.4 9.905.0
-------- --------
Total........................... 30.461.5 33.523.0
II) RECURSOS: (en miles de nuevos pesos)
A - De Origen Departamental
1 - Impuestos
Vigente Proyectado
Cont. Inmob. Rural................... 2.347.0 3.150.0
Cont. Inmob. Urbana.................. 546.0 930.0
Patente de Rodados................... 2.945.0 3.190.0
Remates (ley 12.700)................. 6.700.0 7.700.0
Otros................................ 84.0 78.0
2 - Tasas
Administrativa....................... 450.0 700.0
Alumb. y Salubridad.................. 1.024.0 1.395.0
Cons. Pavimentos..................... 170.0 233.0
Bromatológica........................ 550.0 1.500,0
Otras................................ 444.5 592.0
3 - Precios.......................... 977.1 1.710.0
4 - Contribución por Mejoras......... 3.840.0 4.814.0
5 - Ing. Extraordinarios............. 250.0 395.0
6 - Multas........................... 1.800.0 1.800.0
B - De Origen Nacional
Fondo Nacional Subsidio.............. 3.714.0 5.333.0
C - Endeudamiento
Préstamo BROU........................ 4.620.0 ----
-------- --------
Total........................... 30.461.6 33.520.0
La asistencia para el pago de aportes patronales a la Dirección General
de la Seguridad Social, estará condicionada a una situación de
insuficiencia financiera en los términos dispuestos en el artículo 50 de
la ley 14.550 de 10 de agosto de 1976.
En materia de Contribución Inmobiliaria Urbana deberá mantenerse la
alícuota vigente, adecuándose el monto imponible, a lo dispuesto por el
decreto 230/981, de 3 de junio de 1981.