VITIVINICULTURA. PROHIBICION DE CIRCULACION Y PRENSADO DE BORRAS




Promulgación: 17/07/1975
Publicación: 30/07/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 152

Artículo 3

Durante el presente año, los elaboradores de vino deberán declarar las
cantidades de borras obtenidas hasta el 30 de junio de 1975 inclusive.
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