REGULACION DEL HORARIO EXTRAORDINARIO DE FUNCIONARIOS DE LA DIRECCION DE INDUSTRIA ANIMAL




Promulgación: 04/10/1978
Publicación: 19/10/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 2

   En el cómputo de horas extraordinarias las fracciones menores de treinta minutos se computarán como media hora y las fracciones mayores como una hora.
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