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Decreto
N° 58/024
DEVOLUCION DEL IVA AL GASOIL A PRODUCTORES DE LECHE, DE ARROZ, DE FLORES, FRUTAS Y HORTALIZAS Y OTROS SECTORES PRODUCTIVOS AGROPECUARIOS. 1° DE MARZO DE 2024
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Promulgación: 20/02/2024
Publicación: 27/02/2024
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
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Artículo 6
Vigencia.- El presente Decreto regirá a partir del 1° de marzo de 2024.
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