MODIFICACION DEL REGLAMENTO DEL EJERCICIO DE LA PROFESION DE PARTERA




Promulgación: 29/10/1985
Publicación: 12/11/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1985
  •    Página: 975
  Visto: estos antecedentes relacionados con la gestión promovida por la
Asociación Obstétrica del Uruguay por la que solicita se modifique el
artículo 3º del decreto del Poder Ejecutivo 628/979 de 6 de noviembre de
1979 (Interna Nº 15.055) "Reglamentación del ejercicio de la Profesión
de Partera".

  Considerando: I) Que la Dirección del Programa Materno-Infantil del
Ministerio de Salud Pública comparte la modificación propuesta por la
mencionada Asociación;

II) Que de acuerdo a lo expresado y a lo informado por la Dirección
General de la Salud y la División Asuntos Legales de la citada Secretaría
de Estado, corresponde proceder a la modificación del artículo de
referencia.

                       El Presidente de la República

                                   DECRETA:

Artículo 1

   Modifícase el artículo 3° del decreto del Poder Ejecutivo 628/979 de 6 
de noviembre de 1979 el que quedará redactado de la siguiente manera: (*)

(*)Notas:
Ver: Texto.

SANGUINETTI - RAUL UGARTE ARTOLA
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