Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.193 de 09/05/1974.
Artículo 36
Las empresas se identificarán mediante un elemento alfanumérico que se
compondrá de:
a) Un elemento alfabético que indicará el Departamento donde se
encuentra ubicada físicamente la empresa;
b) Dos cifras que indicarán el tipo de actividad, según la
Clasificación Industrial Internacional Uniforme de las Actividades
Económicas (CIIU) aplicada por las Naciones Unidas;
c) El número de cinco dígitos, otorgado en forma secuencial dentro del
Departamento y tipo de actividad.