RECURSOS NATURALES. MINERIA. RESERVA MINERA




Promulgación: 30/09/1987
Publicación: 27/10/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1987
  •    Página: 466
   Visto: el planteamiento formulado por la Dirección Nacional de Minería
y Geología respecto de determinadas áreas de interés en minerales
metálicos en los departamentos de Lavalleja y Maldonado en ejecución del
Inventario Minero Nacional.
   Resultando: que las zonas a estudiar revistan interés configurar un
aspecto metalogénico cuyo conocimiento es de importancia por el potencial
productivo que pudiera contener.
   Considerando: que corresponde decretar la Reserva Minera de esa área a
efectos de amparar las labores que realiza el Estado de conformidad con lo
previsto por los artículos 51 y siguientes del Código de Minería,
   El Presidente de la República DECRETA:

Artículo 1

   Dispónese la Reserva Minera de la zona del territorio Nacional que se
establece, a fin de amparar las labores de prospección y explotación que
se ejecutan en el marco del Inventario minero Nacional. La zona sometida a
Reserva Minera está comprendida en el fotoplano Fuente del Puma. Las
coordenadas del Plan Cartográfico Nacional son:
X = 552     Y = 6179,7 en el departamento de Lavalleja
X = 549,6   Y = 6179,7 en el departamento de Lavalleja
X = 549,6   Y = 6176,3 en el departamento de Maldonado
X = 552     Y = 6176,3 en el departamento de Maldonado

Artículo 2

   La Reserva Minera se extenderá por un plazo de tres años a partir de la
fecha y comprenderá la totalidad de los yacimientos de minerales metálicos
existentes en las áreas mencionadas, cometiéndose la realización de las
labores a la Dirección Nacional de Minería y Geología.

Artículo 3

   Comuníquese, publíquese, etc.

SANGUINETTI - JORGE PRESNO HARAN
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