Visto: el planteamiento formulado por la Dirección Nacional de Minería
y Geología respecto de determinadas áreas de interés en minerales
metálicos en los departamentos de Lavalleja y Maldonado en ejecución del
Inventario Minero Nacional.
Resultando: que las zonas a estudiar revistan interés configurar un
aspecto metalogénico cuyo conocimiento es de importancia por el potencial
productivo que pudiera contener.
Considerando: que corresponde decretar la Reserva Minera de esa área a
efectos de amparar las labores que realiza el Estado de conformidad con lo
previsto por los artículos 51 y siguientes del Código de Minería,
El Presidente de la República DECRETA:
Dispónese la Reserva Minera de la zona del territorio Nacional que se
establece, a fin de amparar las labores de prospección y explotación que
se ejecutan en el marco del Inventario minero Nacional. La zona sometida a
Reserva Minera está comprendida en el fotoplano Fuente del Puma. Las
coordenadas del Plan Cartográfico Nacional son:
X = 552 Y = 6179,7 en el departamento de Lavalleja
X = 549,6 Y = 6179,7 en el departamento de Lavalleja
X = 549,6 Y = 6176,3 en el departamento de Maldonado
X = 552 Y = 6176,3 en el departamento de Maldonado
La Reserva Minera se extenderá por un plazo de tres años a partir de la
fecha y comprenderá la totalidad de los yacimientos de minerales metálicos
existentes en las áreas mencionadas, cometiéndose la realización de las
labores a la Dirección Nacional de Minería y Geología.