BIENES DEL ESTADO. PLANIFICACION FOMENTO Y CONTRALOR DEL TURISMO




Promulgación: 28/01/1987
Publicación: 02/04/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1987
  •    Página: 68

Artículo 2

   Créase una Comisión integrada con un delegado del Ministerio de Turismo
y un delegado del Ministerio de Industria y Energía, con el cometido de
proponer al Poder Ejecutivo la forma, plazo y condiciones para otorgar
dichos bienes de concesión, la que deberá cumplir su cometido en el plazo
de treinta días.
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