FIJACION DEL COEFICIENTE DE REAJUSTE DE HABERES DE FUNCIONARIOS DEL SERVICIO EXTERIOR. TRIMESTRE ENERO/MARZO 1996




Promulgación: 27/02/1996
Publicación: 08/03/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
    Visto: la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 30 de enero de 1996
por la que se instala la Embajada de la República en Nueva Zelandia, con
sede en la ciudad de Wellington;

    Resultando: que por aplicación de lo dispuesto por el artículo 64 de
la Ley 12.801 de 30 de noviembre de 1960, compete al Poder Ejecutivo
determinar el coeficiente a aplicar para la liquidación y pago de los
haberes y partidas a que tengan derecho los funcionarios del Servicio
Exterior destinados a cumplir funciones en las Misiones Diplomáticas de
la República.

    Considerando: I) que debe procederse a fijar el coeficiente que regirá
la liquidación de haberes en el Trimestre ENERO-MARZO de 1996, para Nueva
Zelandia;

II) que se toma como base el índice proporcionado por la Organización de
las Naciones Unidas al mes de octubre de 1995;

                       El Presidente de la República

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Fíjase para el Trimestre ENERO-MARZO de 1996 el coeficiente 1,65 para
determinar el pago de los haberes y partidas complementarias a que tengan
derecho los funcionarios del Servicio Exterior en la República de Nueva
Zelandia. 

Artículo 2

   Dése cuenta a la Asamblea General, previo informe del Tribunal de
Cuentas de la República. 

Artículo 3

   Comuníquese, etc. 

SANGUINETTI - ALVARO RAMOS - LUIS MOSCA
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