ETIQUETADO Y ROTULADO DE PRODUCTOS TEXTILES




Promulgación: 03/03/1999
Publicación: 12/03/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1999
  •    Página: 355
Referencias a toda la norma

Artículo 18

 Con relación a los productos textiles importados, la Dirección General
de Comercio - Area Defensa del Consumidor - instrumentará con la
Dirección Nacional de Aduanas y demás Organismos que correspondan, las
acciones pertinentes a los efectos de dar cumplimiento a las
disposiciones previstas en el presente decreto.
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