APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE ANTEL. EJERCICIO 1987




Promulgación: 06/10/1987
Publicación: 30/10/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 20

  Quebranto de caja. Los funcionarios responsables en forma permanente de la recepción y pago de fondos, en la forma específica de dinero, percibirán una partida destinada a cubrir eventuales faltantes, en la forma establecida por la Resolución de Directorio 1.523/985, del 24 de setiembre de 1985.
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