Dispónese que todos los Organos, Entes y Administraciones a que se
refiere el presente decreto, deberán reducir, de inmediato, en un 25%
(veinticinco por ciento) los vehículos afectados a tareas administrativas
o de servicios generales.
El ESMACO determinará, de acuerdo a la información que le proporcionen
las distintas oficinas y en función de las verificaciones que realice,
cuales vehículos quedan comprendidos en la reducción mencionada.