APROBACION DE NORMMAS CON EL FIN DE CONTROLAR EL USO DE VEHICULOS OFICIALES, Y EL RESPECTIVO GASTO DE COMBUSTIBLE




Promulgación: 27/11/1981
Publicación: 02/12/1981
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1981
  •    Página: 1763
Referencias a toda la norma

Artículo 3

   Determinado por el ESMACO el número de unidades en que deberán
disminuirse los vehículos de cada oficina, se abatirá en forma simultánea
el litraje correspondiente al consumo de dichas unidades.

 La Contaduría General de la Nación ajustará los créditos respectivos en
función de las comunicaciones que, al efecto, le remita el ESMACO. 
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