Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 9
Las empresas posibilitarán la asistencia Odontológica a su personal tomando a su cargo el pago al contado de la misma, el que será descontado al trabajador en diez cuotas sin recargo. El límite de este beneficio estará determinado por la posibilidad de descuento en cada caso. (*)