FUNCIONARIOS. INSTITUTO SUPERIOR DE EDUCACION FISICA




Promulgación: 30/12/2005
Publicación: 11/01/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 1735
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.556 de 18/09/2002 artículo 142.

Artículo 5

   La baja en los créditos presupuestales del Grupo 0 "Servicios
Personales" y del objeto del gasto 578.099 "Gastos Prom. Y Bien Social
Vars. Sin Discrim. P/Empleados Públ.", Financiación 1.2 "Recursos con
Afectación Especial", que figuran en el ANEXO II de este Decreto,
se efectuará cuando se realicen las adecuaciones del personal no docente. En la misma oportunidad se efectuará el alta en el Inciso 26 "Universidad de la República" de los créditos resultantes de dicha adecuación, y el Ministerio de Turismo y Deporte efectuará la versión a Rentas Generales del monto desafectado en el objeto del gasto 578.099. El mismo será ajustado conforme a los incrementos salariales dispuestos para los funcionarios de la Administración Central.
   Los movimientos de crédito inherentes al financiamiento del costo del
personal docente que revista en el registro a que refiere el inciso 3 del
artículo 3°, se efectuarán a partir de la vigencia del presente Decreto.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 594/005 de 
30/12/2005.
Ayuda