FUNCIONARIOS. INSTITUTO SUPERIOR DE EDUCACION FISICA




Promulgación: 30/12/2005
Publicación: 11/01/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 1735
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.556 de 18/09/2002 artículo 142.

Artículo 6

   El Ministerio de Turismo y Deporte y la Universidad de la República, en
lo pertinente, dispondrán los actos jurídicos y operaciones materiales
que fueren necesarios, dentro del ámbito de su competencia, para el
efectivo cumplimiento de lo dispuesto en la Ley que se reglamenta y en el
presente Decreto.
   Se coordinarán con la Contaduría General de la Nación los aspectos
vinculados con ajustes en las asignaciones presupuestales y en las
estructuras de puestos de trabajo, quedando ésta facultada para realizar
los movimientos que correspondan.
Ayuda