Visto: la gestión del Ministerio de Transporte y Obras Públicas en la
que solicita la trasposición de la suma de N$ 1:400.000.00 (un millón
cuatrocientos mil). de los Renglones 021/324 y 3.00/000 a los Renglones
062/309 y 200/000 del Programa 1.11 del inciso 10.
Resultando: 1) Que la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y
Difusión ha autorizado la trasposición solicitada;
II) Que lo peticionado se fundamenta en la necesidad de corregir
insuficiencias detectadas en las asignaciones;
III) Que existe disponibilidad en los renglones refoirzantes para
acceder a lo solicitado.
Considerando: I) Oue el artículo 54 de la ley 15.167 de 6 de agosto de
1981, faculta al Poder Ejecutivo para fijar anualmente las dotaciones
presupuestales de los Programas de Mantenimiento del Inciso gestionante;
II) Que por decreto 256/984, de 27 de junio de 1984 se aprobó el Plan
de mantenimiento del Inciso 10 "Ministerio de Transporte y Obras
Públicas.
Atento: a lo informado por la Secretaria de Planeamiento, Coordinación
y Difusión y la Contaduría General de la Nación,
El Presidente de la República
DECRETA:
Traspónese en el Inciso 10 "Ministerio de Transporte y Obras Públicas"
la suma de N$ 1:400.000.00 (nuevos pesos un millón cuatrocientos mil), en
el Programa 1.11 "Mantenimiento de Inversiones para la Dirección General"
según el siguiente detalle:
del Región 021/324 "Desvío Sueldo Equiparación" al Renglón 062/309
"Por compensaciones oon cargo a Otras Financiaciones" N$ 400.000.00
(nuevos pesos cuatrocientos mil) y del Renglón 300.000 "Servicios no
Personales" al Renglón 200.000 "Materiales y Suministros" N$ 1:000.000
(nuevos pesos un millón).