APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE AFE. EJERCICIO 1987




Promulgación: 07/10/1987
Publicación: 05/11/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma
   Visto: el Proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones 
Financieras y de Inversiones de la Administración de Ferrocarriles del Estado, correspondiente al Ejercicio 1987.

   Considerando: que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe y el Tribunal de Cuentas de la República su dictamen.

   Atento: a lo establecido en el artículo 221 de la Constitución de la República, 

   El Presidente de la República

                               DECRETA:

Artículo 1

   Apruébase el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la Administración de Ferrocarriles del Estado a regir a partir del 1º de enero de 1987, de acuerdo con los montos que se detallan a continuación:

I - INGRESOS                        N$         N$       N$ 8.048:300.000

A- Ingresos Corrientes                                  N$ 7.235:300.000  
1. Ing. por Venta de Servicios 1/         1.778:000.000
- Por Servicios típicos      1.482.400.000 
- Por Servicios no típicos     295:600.000

2. Rentas de la Propiedad                    21:400.000  
- Intereses                     14:000.000
- Alquileres                     7:400.000

3. Otros                                     12:600.000

4. Transf. del Gob. Central               5.423:300.000


b Ingresos de Capital                                        813:000.000
1. Transf. del Gob. Central                 813:000.000

1/ A precios de noviembre 86. Los restantes conceptos a precios promedio 1987.

Las transferencias del Gobierno Central no incluyen el déficit de explotación a generarse durante el ejercicio 1987.                                                                                               


II - PRESUPUESTO OPERATIVO                           N$ 11.519:175.000

Rubro     Denominación                    N$                  N$
0     Retrib. de Serv. Personales                         5.831:968.000
011311 Sueldos Bás. C. Presupuestados  1.533:172.000    
011315 Diferencia por Subrogación         61:519.000
011319 Dif. por Reestructura               1:912.000
019311 Sueldo Anual Complementario       185:802.000
021321 Sueldos Bás. C. Contratados     1.971:617.000

Rubro      Denominación                 N$                     N$
021325  Diferencia por Subrogación    71:241.000
021326  Comisiones por Cobranza        2:565.000
021329  Diferencia por Reestructura      573.000
029321  Sueldo Anual Complementario  220:964.000

05      Honorarios                    27:277.000
061311  Horas Extras C. 
        Presupuestados               199:359.000
061321  Horas Extras C. Contratados  221:413.000
061312  Cambio Resid. Habitual C. 
        Ptados                       382:922.000
        - Olla                         8:452.000
        - Desplazamientos            374.470.000

061322  Cambio Resid. Habitual C. 
        Contratados                  463:102.000
        - Olla                        55:274.000
        - Desplazamientos            407.828.000
061314  Func. Destinados al Cargo C. 
        Presup.                       23:326.000
061324  Func. Destinados. al Cargo C.
        Contrat.                      19:587.000
061315  Trab. nocturno y rotativo. C.
        Presup.                       23:142.000
061325  Trab. nocturno y rotativo. C.
        Contrat.                      31:605.000
061319  Compensac. Congeladas. C. 
        Presupuestados                 1:117.000
061329  Compensac. Congeladas. C. 
        Contratados                      644.000
062301  Gastos de Representación       1:384.000
062318  Prima p/Antigüedad C. 
        Presupuestados               239:795.000
062328  Prima p/Antigüedad. C. 
        Contratados                  129:589.000
077311  Quebranto de Caja C. 
        Presupuestados                 1:756.000
077321  Quebrantos. de Caja C. 
        Contratados                      510.000
081311  Adelanto a Cta. C. 
        Presupuestados                 2:233.000
081321  Adelanto a Cta. C. Contratados 6:442.000

2       Materiales y Suministros                       2.516:949.000

3       Servicios no Personales                          472:802.400

4       Máq.,Equipo y Mob. Nuevos                        964:241.000

7       Subsidos y Otras Transferencias                  589:710.000

751     Prima por Matrimonio          5:565.000
752     Hogar Constituido           389:227.000
753     Prima por Nacimiento         13:815.000
754     Prestación por Hijo         144.550.000
772     Prestc. por Accd. de
        Trabajo                      32:202.000
781     Tranf. a Org. 
        Internacionales               2:095.000
792     Tributos Municipales          2:256.000

8       Servicio de Deuda y Anticipo                      825:188.000
81      Deuda Interna               552:299.000 
82      Deuda Externa               193:954.000
83      Intereses Dda. Interna       47:578.000 
84      Intereses Dda. Externa       31:357.000

9       Asignaciones Globales                          118:615.000


Los rubros 0 "Retribución de Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras transferencias" incluyen los aumentos salariales dispuestos con vigencia 1º de marzo y 1º de julio de 1987. Asimismo comprende el ajuste de la Prima por Antigüedad, con vigencia 1º de noviembre de 1987 del 1,5% al 2,0% del salario mínimo nacional.

III PRESUPUESTO DE INVERSIONES                         N$ 2.822.792.000

Rubro          Denominación                  N$

2       Materiales y Suministros         619.575.000
4       Máq., Equipos y Mobiliarios
        Nuevos                         1.714:258.000 
6       Construcciones, Mejoras y 
        Reparaciones Extraordinarias     488:958.000


La apertura por proyecto y fuente de financiamiento y las partidas en moneda extranjera se detallan en los cuadros que se adjuntan que forman
parte integrante del presente decreto.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 598/987 de 
07/10/1987.

SANGUINETTI - JORGE SANGUINETTI - LUIS MOSCA
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