DETERMINACION DE DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS PARA LA LIQUIDACION DEL IMPUESTO A LAS ACTIVIDADES AGROPECUARIAS




Promulgación: 21/09/1988
Publicación: 06/10/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1988
  •    Página: 484

CAPITULO XII - CERTIFICADO-GUIAS

Artículo 31

    Certificado - Guías.- La Dirección de Contralor de Semovientes
(DICOSE) no expedirá certificados guías a quienes no exhiban el
certificado establecido en el artículo 36 del Título 7 del Texto Ordenado
1987. Las instituciones bancarias no otorgarán créditos con destino a la
actividad agropecuaria cuando no se acredite haber obtenido el certificado
antes mencionado.
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