Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 3
Incrementase con caracter nacional, desde el 1° de octubre de 1985 y hasta el 31 de enero de 1985 los salarios de los trabajadores de la Empresa Arco, pertenecientes a las categorías Auxiliar al ingreso y Peon
al ingreso los salarios vigentes al 1° de setiembre de 1985.