Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 6
Durante el periodo comprendido desde la entrada en vigencia del presente
decreto y el 31 de enero de 1986, ningún otro aumento de salarios podra
ser trasladado a los precios de venta de mercaderias, bienes o servicios
de las empresas que integran el Grupo Salarial.