Visto: el Título 8 del Texto Ordenado 1987 que establece normas sobre
el Impuesto a las Rentas Agropecuarias.
Considerando: la conveniencia de estructurar en un decreto orgánico
las normas reglamentarias para la liquidación del tributo,
El Presidente de la República
DECRETA:
CAPITULO I - SUJETOS PASIVOS
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 599/988 de 21/09/1988 artículo 1.