APROBACION DEL REGLAMENTO ORGANICO FUNCIONAL DE LA ACADEMIA NACIONAL DE LETRAS




Promulgación: 07/01/1981
Publicación: 22/01/1981
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1981
  •    Página: 39
  Visto: el Reglamento Orgánico Funcional elaborado por la Academia
Nacional de Letras, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 10 del
decreto 246/979 de 7 de marzo de 1979.

  Resultando: que por el precitado decreto se establece la Reestructura y
Racionalización Administrativa del Inciso 11, Ministerio de Educación y
Cultura.

  Considerando: I) Que el referido Reglamento Orgánico Funcional servirá
como medio de información y coordinación, sistematizando todo lo referente
al marco jurídico de la Unidad Ejecutora, su organización política,
funciones generales y específicas y otros conceptos que guardan relación
con su organización;

  II) Que su elaboración se ajusta a los principios y criterios técnicos
uniformes impartidos por la Oficina Sectorial de la Función Pública,
Unidad de Racionalización Administrativa del Ministerio de Educación y
Cultura.

  Atento: a lo informado por la Asesoría Letrada del Ministerio de
Educación y Cultura y la Dirección Nacional de la Función Pública y a lo
establecido en el artículo 10 del decreto 246/979 de 7 de mayo de 1979,

  El Presidente de la República
                              DECRETA:

Artículo 1

  Apruébase el Reglamento Orgánico Funcional de la Academia Nacional de
Letras, cuyo texto es el siguiente: (*)

(*)Notas:
Ver: Texto.

MENDEZ - DANIEL DARRACQ
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