INCREMENTO DE JUBILACIONES Y PENSIONES SERVIDAS POR LA DIRECCION GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL




Promulgación: 05/01/1983
Publicación: 01/02/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1983
  •    Página: 17
Referencias a toda la norma

Artículo 5

   Al liquidar el aumento dispuesto en el artículo 1º se tendrá en cuenta
lo dispuesto en el artículo 13 del Acto Institucional Nº 13, del 12 de
octubre de 1982.
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