El Servicio deberá contar en la planta física donde se desarrollará su
actividad con sectores adecuados para:
a) Administración y recepción de llamados.
b) Preparación del material.
c) Vestuario.
d) Gabinete higiénico.
e) Esterilización de material, excepto si se acreditase que esta
tarea se realiza fuera del Servicio.
f) Realización de tratamientos y controles; se exceptuará este
requisito en caso de no realizarse la prestación del servicio en
la planta física del Servicio. (*)