REGULACION DE LA CAZA DE NUTRIAS Y ZORROS. COMERCIALIZACION DE PIELES




Promulgación: 31/07/1975
Publicación: 08/08/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 283
Referencias a toda la norma

DE LA DOCUMENTACION EXIGIBLE

Artículo 4

Los cueros de las especies comprendidas en el presente decreto deberán
transitar y negociarse con la documentación y requisitos que determine la
Dirección Nacional de Contralor de Semovientes, Frutos del País, Marcas y
Señales, en coordinación con la Dirección de Contralor Legal del
Ministerio de Agricultura y Pesca, correspondiendo a este último
organismo la determinación de los plazos para procederse a la
identificación de aquellos. 
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