REGULACION DE LA CAZA DE NUTRIAS Y ZORROS. COMERCIALIZACION DE PIELES




Promulgación: 31/07/1975
Publicación: 08/08/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 283
Referencias a toda la norma

DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES

Artículo 9

La infracción de lo dispuesto por el artículo 2º dará lugar a la rigurosa
aplicación de las sanciones previstas en el artículo 6º y la pérdida
inmediata de los derechos que acuerda el presente decreto. 
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