REGLAMENTACION REGULARIZACION DE ADEUDOS TRIBUTARIOS DE INSTITUCIONES DEPORTIVAS CON EL BPS




Promulgación: 29/12/2009
Publicación: 15/01/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 2153
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.607 de 02/10/2009.

Artículo 2

 (Régimen de cuotas). Las cuotas a establecerse en los convenios serán
mensuales, consecutivas y, en el caso de los conceptos indicados en el
artículo 1° de la ley N° 17.963 de 19 de mayo de 2006, podrán alcanzar un
número máximo de 120 (ciento veinte). En caso de que el valor de la cuota
superare el 20% (veinte por ciento) de las obligaciones corrientes del
último mes con actividad gravada anterior a la suscripción de las
facilidades, podrá solicitarse la extensión del plazo a efectos de que la
cuota se ajuste al límite indicado.
Los vencimientos de las cuotas de estos convenios se producirán en las
mismas fechas que las correspondientes a las obligaciones corrientes.
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