Los cajeros percibirán un quebranto de caja de N$ 3.000,00 que se acreditarán mensualmente, sobre fines de año, podrán retirar un 50%
de saldo resultante, luego de deducirse los eventuales faltantes. Estos quebrantos se ajustarán en cada ocasión en que se incrementen los salarios del titular del cargo y en igual proporción.