APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BPS. EJERCICIO 2005




Promulgación: 31/12/2005
Publicación: 24/04/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 6

 Las retribuciones del Secretario General y del Gerente General del Banco
de Previsión Social serán iguales, agregándose al monto básico de $
79.500.00 (pesos setenta y nueve mil quinientos), a valores abril 2005,
las compensaciones establecidas en los Artículos 18 y 20, por un régimen
de 8 horas diarias efectivas de labor (cuarenta  horas semanales). El
sueldo básico de Director Técnico será el 95% del sueldo básico antedicho
más las compensaciones y adicionales establecidos en este artículo.
A las mencionadas remuneraciones sólo podrán acumularse el Sueldo Anual
Complementario, los Beneficios Sociales y la Prima por Antigüedad.
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