VISTO: el proyecto de presupuesto para el ejercicio 2010 presentado por la
Administración del Mercado Eléctrico (ADME) para su aprobación;
RESULTANDO: I) que por el artículo 4° de la ley 16.832, de fecha 17 de
junio de 1997, se crea la Administración del Mercado Eléctrico, como
persona pública no estatal con el cometido de administrar el Mercado
Mayorista de Energía Eléctrica;
II) que el artículo 10° de la mencionada ley prevé que el Poder Ejecutivo
deberá aprobar el presupuesto de ADME previo informe de la Oficina de
Planeamiento y fijar el monto de la Tasa de Despacho Nacional de Cargas
que financiará el presupuesto aprobado;
III) que por Decreto 395/007 se sanciona el procedimiento de cálculo para
la fijación del monto de la Tasa del Despacho Nacional de Cargas;
CONSIDERANDO: que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto informa con
respecto al Proyecto de presupuesto de la ADME, que sus egresos no podrán
exceder del monto de $ 55.487,219 para la totalidad del año 2010 y
considera que el monto de la Tasa del Despacho Nacional de Cargas debe
fijarse en $ 2.991 por MWh (dos pesos uruguayos con novecientos noventa y
un milésimos por MWh), estimándose la previsión de demanda en 9,276,000
MWh para dicho año;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Apruébase el presupuesto correspondiente a la Administración del Mercado
Eléctrico (ADME) para el ejercicio 2010 conforme al siguiente resumen
desglosado en anexo adjunto que forma parte del presente decreto:
Resumen Presupuesto 2010 $
Retribuciones 11,875,322
Gastos de Funcionamiento 6,193,846
Gastos de Funcionamiento-Contrato 36,344,052
Inversiones 1,074,000
Totales 55,487,219
Fíjase el monto de la Tasa del Despacho Nacional de Cargas en $ 2.991/MWh
(dos pesos uruguayos con novecientos noventa y un milésimos por MWh) de
acuerdo a lo previsto en el Considerando del presente decreto, a regir a
partir del 1° de enero de 2010.