Fíjase por un período de un año a partir del vencimiento del Precio
Mínimo de Exportación establecido por resolución del Ministerio de
Economía y Finanzas de 3 de agosto de 1989, un Precio Mínimo de
Exportación de carácter definitivo de U$S 2.30,00 (dos dólares de los
Estados Unidos de América con 30/100) el Kg. CIF, para la importación de
film de PVC rígido comprendido en el ítem NADI 39.02.16.99. (*)
Fíjase con carácter de Precio Mínimo de Exportación de carácter
definitivo, el precio provisional establecido por la resolución del
Ministerio de Economía y Finanzas invocada en el numeral anterior, por
todo el período de su vigencia.