FIJACION DE PRECIOS MINIMOS DE EXPORTACION




Promulgación: 20/12/1989
Publicación: 26/03/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1989
  •    Página: 778
Vistos:

Artículo 1

   Fíjase por un período de un año a partir del vencimiento del Precio
Mínimo de Exportación establecido por resolución del Ministerio de
Economía y Finanzas de 3 de agosto de 1989, un Precio Mínimo de
Exportación de carácter definitivo de U$S 2.30,00 (dos dólares de los
Estados Unidos de América con 30/100) el Kg. CIF, para la importación de
film de PVC rígido comprendido en el ítem NADI 39.02.16.99.  (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.

Artículo 2

  Fíjase con carácter de Precio Mínimo de Exportación de carácter
definitivo, el precio provisional establecido por la resolución del
Ministerio de Economía y Finanzas invocada en el numeral anterior, por
todo el período de su vigencia.

Artículo 3

  Comuníquese, publíquese en 2 (dos) diarios de la Capital, etc.

SANGUINETTI - RICARDO ZERBINO CAVAJANI - JORGE PRESNO HARAN
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