Visto: la gestión de la Administración Municipal de Río Negro (Intendencia
y Junta de Vecinos) por la cual propone al Poder Ejecutivo una
Modificación Presupuestal para el ejercicio 1984.
Resultando: que esta modificación Presupuestal cuenta con la aprobación
de la Secretaría de Planeamíento Coordinación y Difusión y el
acuerdo del Tribunal de Cuentas de fecha 10 de octubre de 1983.
Considerando: que el presupueáto se encuentra equilibrado en ingresos
y egresos.
Atento: a lo expuesto y a lo informado por las Asesorías Económico
Financiera y Juríaica del Ministerio de Economía y Finanzas,
El Presidente de la República
DECRETA:
Apruébase la modificación Presupuestal propuesta para el Ejercicio
1984, por la Administración Municipal de Río Negro cuyos montos quedan
fijados en N$ 113.256.00 (nuevos pesos ciento trece mil doscientos
cincuenta y seis).
Los mismos presentarán la siguiente composición:
I) Egresos (en miles de nuevos pesos)
Vigente Proyectado
Retribuciones Personales 21.205,7 35.915,3
Beneficios y Cargas Sociales 6.055,0 7.657,5
Subtotal 27.260,3 43.572,8
Gastos de Funcionamiento 13.582,8 13.367,2
Transferencia 560,0 850,0
Inversiones 14.200,0 54.416,0
Junta de Vecinos 796,9 1.050,0
56.400,0 113.256,0
II) Ingresos (en miles de nuevos pesos)
A) De origen departamental
Contribución Inmobiliaria Rural 11.000,0 13.000,0
Contribución Inmobiliaria
Urbana y Suburbana 3.500,0 4.000,0
Terrenos Baldíos, Edif. Inapropiada 1.500,0 1.500,0
Patente de Rodados 9.000,0 11.000,0
Imp. a los Remates, Ventas y 11.631,0 25.595,0
Consignaciones
imp. a I.as actividades Públicas 170,0 170,0
otros imp.
Tasa Gral. Integral 3.080,0 3.000,0
Tasa Bromatológica 600,0 800,0
Sellados, timbres Municipales
otras tasas 1.120,0 1.550,0
Tasa Conserv. Vialidad Urbana
y Suburbana 700,0 700,0
Contrib. por mejoras 4.199,0 6.837,0
Proventos, precios vanos 2.900,0 5.350,0
Multas 3.500,0 3.000,0
Ingresos extraordinarios 300,0 3.000,0
Subtotal 53.200,0 79.500,0
B) De origen Nacional Vigente Proyectado
Convenios y Contribuciones 3.200,0 33.756,0
Total 56.400,0 113.256,0
Se deberá dar cumplimiento al artículo 98 de la Ley Especial Nº 7, de
23 de diciembre de 1983 que establece que el número de cargos de
particular confianza para Directores de Departamento en Intendencias
del Interior no puede se superior a tres.
En lo referente a Recursos se deberá sustituir la Tasa de Timbres y
Sellados por otro tributo en otro sistema a efectos de que sea compatible
con la política nacional en la materia.