CENSO DE VEHICULOS DE CARGA Y TRANSPORTE DE PASAJEROS




Promulgación: 10/09/1986
Publicación: 12/02/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1987
  •    Página: 332
Referencias a toda la norma

Artículo 5

    Facúltase a la Dirección Nacional de Transporte a reglamentar
el presente decreto con el fin de establecer, las fechas de realización de
censos de información a recoger, las condiciones y plazos para su
presentación, así como los mecanismos requeridos para mantener la
información actualizada.
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