AUTORIZACION DE TRANSFORMACION DE CARGOS EN EL SERVICIO DE SANIDAD DE LAS FUERZAS ARMADAS




Promulgación: 31/10/1977
Publicación: 10/11/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: la gestión del Servicio de Sanidad de las Fuerzas Armadas para transformar un cargo de Jefe de 2.a (Hemoterapeuta) (Equiparado a Capitán), en un cargo de Jefe de Servicio (Equiparado a Mayor).

   Resultando: que el artículo 88 de la ley 14.252 de 22 de agosto de 1974, establece: "Facúltase al Servicio de Sanidad de las Fuerzas Armadas para transformar diez cargos de Jefe de 2.a (Equiparados a Capitán) artículo 65 de la ley 14.106, de 14 de marzo de 1973 en igual número de cargos de Jefe de Servicio (Equiparados a Mayor) artículo 64 de la misma ley. Las transformaciones se efectuarán en la medida que lo permita la disponibilidad de los cargos".

   Considerando: I) Que el cargo cuya transformación se gestiona en estos obrados, se encuentra actualmente ocupado por el Jefe de 2.a (Hemoterapeuta) (Equiparado a Capitán) doctor Gualberto Oliva, quien desde el 20 de marzo de 1973 hasta la fecha, desempeña por razones de organización interna, las funciones de Jefe del Servicio de Hemoterapia del Hospital Central de las Fuerzas Armadas;

   II) El informe emitido al respecto por la Dirección Financiero Contable del Ministerio de Defensa Nacional en el que expresa que a la fecha no se ha efectuado ninguna transformación al amparo del artículo 88 antes citado;

   III) Que requerido el pronunciamiento en estos obrados de la Contaduría General de la Nación, estima que la presente gestión es ajustada a derecho, pudiéndose autorizar la transformación del cargo referido en la forma que se propicia y confirmar o renovar la titulairdad del cargo, según lo proceptuado por el artículo 64 de la ley 14.106 de 14 de marzo de 1973.

   El Presidente de la República

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Autorízase al Servicio de Sanidad de las Fuerzas Armadas a transformar un cargo de Jefe de 2.a (Hemoterapeuta) (Equiparado a Capitán) en un cargo de Jefe de Servicio (Equiparado a Mayor).

Artículo 2

   Comuníquese, publíquese y pase a sus efectos a la Dirección Financiero Contable y a la Dirección Personal Subalterno y Civil del Ministerio de Defensa Nacional.

  MENDEZ - WALTER RAVENNA - VALENTIN ARISMENDI
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