CONVENIOS LABORALES - ACTIVIDAD PRIVADA




Promulgación: 12/02/1990
Publicación: 03/04/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 4

  Durante el período comprendido desde la entrada en vigencia del presente decreto y el 31 de mayo de 1990 ningún otro aumento de salarios podrá ser trasladado a los precios de venta de mercaderías, bienes o servicios de las empresas de la actividad privada comprendidos en el mismo.
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