VISTO: la gestión del Instituto Militar de las Armas y Especialidades del
Ejército por la cual solicita se modifiquen determinadas disposiciones del
Reglamento del Escalafón de Apoyo aprobado por el Decreto 411/999 de 28 de
diciembre de 1999.
RESULTANDO: que por el numeral 1.2 del Capítulo I del citado Reglamento se
establece la Estructura Orgánica del Escalafón de Apoyo y por el Capítulo
II las condiciones de ingreso al Curso para Oficiales del Escalafón de
Apoyo.
CONSIDERANDO: I) que según lo informado por el Instituto Militar de las
Armas y Especialidades del Ejército las modificaciones propuestas se
fundamentan en la necesidad de adecuar el Reglamento a las nuevas misiones
que se deberán cumplir acorde a los requerimientos actuales con el fin de
lograr una mayor captación de ciudadanos como futuros Oficiales
Subalternos del Ejército Nacional, haciéndose necesario modificar a tales
efectos el plan de Estudios vigente, ampliando además los conocimientos
militares para una mejor preparación para el desempeño como Jefe de
Sección.
II) que asimismo, se entiende pertinente que el Curso de Formación de los
Oficiales de Servicios Generales/Apoyo se realice en la Escuela Militar,
en virtud de la existencia de condiciones más adecuadas para su
funcionamiento, tanto desde el punto de vista físico como académico.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Departamento
Jurídico-Notarial, Sección Jurídica del Ministerio de Defensa Nacional y a
lo preceptuado por el inciso 2do. del artículo 105 de la Ley 16.736 de 5
de enero de 1996.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Modificar los numerales 1.2 del Capítulo I y 2.2.1.3., 2.2.2.2.1.,
2.3.1.4., 2.5.1. y 2.5.2.2. del Capítulo II del Reglamento del Escalafón
de Apoyo aprobado por el Decreto 411/999 de 28 de diciembre de 1999, los
que quedarán redactados de la siguiente manera: (*)