Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 4
Dispónese que del porcentaje acordado en el Convenio, sólo podrá
trasladarse al precio de los bienes y/o servicios de la actividad y de
acuerdo a la incidencia de los salarios en la estructura de costos de
cada empresa el 25.10 %.